بسم الله الرحمن الرحيم
Pregunta:
El remitente dice que se ha convertido recientemente al Islam. Había comprado una casa antes de que se convirtiera al Islam a través de una transacción ampliamente predominante en Occidente. Para aclarar, pagó una cierta cantidad del precio de antemano y pidió prestado el resto, en un crédito. Sabiendo que un musulmán no puede pagar ni recibir intereses, él pregunta sobre las reglas sobre el interés que ahora tiene que pagar por ese préstamo.
Respuesta:
Si la realidad es como usted ha mencionado, la persona en cuestión debe presentar su nuevo estatus a la autoridad de la que tomó el préstamo pidiéndole devolver solo el capital; es decir, sin intereses, ya que está prohibido de acuerdo al Islam. Si lo hace, será una mayor precaución y lo liberará de la responsabilidad de pagar los intereses usurarios. Si la autoridad de endeudamiento lo aprueba, todo estará bien, alabado sea Allah. De lo contrario, tendrá que pagar los intereses estipulados en el contrato que firmó antes de convertirse al Islam.
¡Que Allah nos conceda el éxito! Que la paz y las bendiciones sean sobre nuestro Profeta Muhammad, su Familia y Compañeros.
Autor: Comité Permanente para la Investigación Islámica y Veredictos
Fuente: alifta.com
Traducido por: Nur ud-Din al-Isbani