La herencia de un musulmán procedente de un kāfir

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Bismillaahi ar-Rahmaani ar-Rahim

Pregunta:

Una familia se compone de un padre, una madre, cuatro hijos y cuatro hijas. Todos ellos eran cristianos. Tres hijos y una hija se convirtieron al Islām. Su padre murió y les dejó una gran fortuna que ronda los 18 millones de Riales saudíes. ¿Los hijos que abrazaron el Islām tienen derecho a heredar de su padre no musulmán?

Respuesta:

Si el asunto es como se ha mencionado, los hijos musulmanes cuyo padre murió como no musulmán, no heredarán. El origen de este veredicto es lo que se relaciona por Bukhārī y Muslim, que bajo la autoridad de Usāmah Ibn Zayd –que Allāh esté complacido con él–, el Mensajero de Allāh –la paz sea con él– dijo: “ningún musulmán hereda de un incrédulo, ni tampoco un incrédulo hereda de un musulmán”.

¡Que Allāh nos conceda el éxito! Que la paz y las bendiciones sean sobre nuestro Profeta Muhammad, su Familia y Compañeros.


Pregunta:

Esta carta es enviada por unas mujeres holandesas que han abrazado el Islām –alabado sea Allāh–, y que tienen muchas preguntas relativas a la cuestión de la herencia, ya que nuestros padres no son musulmanes, y un musulmán no puede heredar de un kāfir [incrédulo]. Nuestros padres nos pidieron que les aclarara cómo compartir su propiedad después de su muerte; [ya que] se dividen en varias categorías: en primer lugar, la casa, ya que el dinero de ella solo estará disponible después de venderla tras la muerte de los padres, no podemos tomar ese dinero durante su vida. ¿Está permitido que los padres hagan un contrato de concesión con sus hijos, en vida, mediante el pago de una suma anual de dinero que solo puede ser recuperada después de su muerte, y los hijos vendan la casa? ¿Está permitido que los padres hagan un contrato de concesión con sus hijos, por lo que estos últimos son los legítimos dueños de la casa durante el tiempo de vida de los padres, y después de su muerte, cada uno toma su derecho? Si una madre kāfir tiene dos hijas, una de las cuales es musulmana y la otra es kāfir, ¿está permitido que la madre haga un testamento a su hija kāfir y conceder la mitad de la herencia a su hermana musulmana? Se dice que ningún legado debe hacerse a ningún heredero. Si no tenemos derecho a heredar, ¿está permitido hacer un testamento para nosotros con un tercio del dinero? En segundo lugar, las joyas y los objetos de valor, ¿está permitido que los padres kuffar distribuyan estos artículos a los hijos, en vida, como una subvención, siempre que los hijos los utilicen durante la vida de sus padres, y después de su muerte estas cosas se devuelven a los hijos según lo acordado en la concesión? En tercer lugar, los objetos triviales y las cosas de poco valor, tales como ropa, tazas y muebles. ¿Está permitido que los tomemos y los utilicemos después de su muerte? ¿Está permitido que le demos a algunos musulmanes o kuffar, o simplemente nos deshacemos de ello? Si la madre muere, y el padre está aún vivo, ¿está permitido que su hija acepte la oferta de su padre y tome las cosas de su madre como la ropa?

Respuesta:

Un musulmán no hereda de un kāfir, tampoco hereda un kāfir de un musulmán, según el dicho del Profeta –la paz sea con él–, ni un musulmán hereda de un kāfir ni un kāfir hereda de un musulmán. Acordado por Bukhārī y Muslim en un hadīth reportado por Usāmah –que Allāh esté complacido de él–. Sin embargo, está permitido que los hijos musulmanes acepten concesiones, donaciones y testamentos de sus padres kuffar. También pueden hacer contratos con ellos de acuerdo a la Sharī’ah (legalidad islámica). Sin embargo, no está permitido que ellos hereden de sus padres. Si los padres kuffar privan de su herencia a sus hijos y dedican toda ella a sus hijos kuffar, los hijos musulmanes no tienen derecho a reclamar la propiedad de sus padres, ya que esta reclamación solo toma la forma de una herencia, la cual es una obligación. Es sabido que un musulmán no hereda de un kāfir.

¡Que Allāh nos conceda el éxito! Que la paz y las bendiciones sean sobre nuestro Profeta Muhammad, su Familia y Compañeros.

[/vc_column_text][TS_VCSC_Info_Notice panel_layout=”notice” panel_type=”warning” icon_replace=”true” font_title_family=”Default:regular” font_content_family=”Default:regular” el_file1=”” el_file2=””]Autor: Comité Permanente para la Investigación Islámica y Veredictos
Fuente: alifta.com
Traducido por: Nūr ud-Dīn al-Isbānī[/TS_VCSC_Info_Notice][/vc_column][/vc_row]

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